El objeto de la presente norma es la de establecer las bases que han de regular el procedimiento de concesión de ayudas económicas en pública concurrencia destinadas a favorecer la generación de empleo (directo o indirecto) a través de la promoción de actividades empresariales de nueva implantación o el afianzamiento de la localidad como enclave turístico.
Por medio de esta actuación se trata de impulsar las iniciativas empresariales en la localidad coadyuvando económicamente en los primeros momentos de su puesta en marcha.
La cuantía total de ayudas que se adjudicarán en el presente procedimiento asciende a la cantidad de 15.000,00 €, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el vigente presupuesto y distribuida de la siguiente forma:
• 7.500,00 € con destino a sufragar gastos corrientes con cargo a la aplicación presupuestaria 720.433.47900.
• 7.500,00 € con destino a sufragar gastos de capital con cargo a la aplicación presupuestaria 720.433.77900.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el año natural y se otorgaran por riguroso orden de entrada hasta agotar el crédito consignado.
Agotado el crédito consignado podrá acordarse la incorporación de las solicitudes que no hayan sido adjudicatarias al ejercicio siguiente.