Lugar de presentación:
- Registro General (Ayuntamiento (Planta Baja), Plaza de España, 1).
- A través del Registro Electrónico.
Documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- DNI o NIE o documento equivalente o CIF (si el titular de la actividad es persona jurídica).
- Escritura de Constitución de la Sociedad (si se trata de una persona jurídica).
- Estatutos (si se trata de una asociación, peña o fundación).
- Declaración censal (IAE) donde consta el epígrafe concreto de la actividad a ejercer en el local y el domicilio del establecimiento.
- Contrato de suministro de energía eléctrica o último recibo de electricidad o en su defecto compromiso a disponer del mismo en un plazo de 5 días desde la presentación de la declaración responsable.
- Título de propiedad o arrendamiento del inmueble donde se autoriza el ejercicio de la actividad.
- Seguro de Responsabilidad Civil para la actividad.
- Disponer de licencia de obra y de primera ocupación (si el local es de nueva adecuación).
- Documento privado de transmisión de titularidad, cuando éste sea el caso.
- Se acompañará de Proyecto Técnico de Obras cuando sea exigible conforme al art. 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación y en caso contrario por presupuesto detallado.
- El local deberá disponer de los siguientes documentos en el momento de la presentación de la Comunicación Previa o Declaración Responsable (en caso de transmisión/cambio de titularidad no serán necesarios, siempre que el local y actividad mantenga las condiciones con las que se otorgó la licencia que se transmite):
- Plano, firmado por técnico competente, a escala 1:100 de las dimensiones y distribuciones del local, donde se indica la superficie construida/útil, así como la ubicación del mobiliario, alumbrados de emergencias, detección, control y extinción de incendio,señalización y evacuación.
- Certificado, suscrito por técnico competente, en el que se indique que:
- El establecimiento cumple con el Código Técnico de la Edificación Read Decreto 314/2006, de 27 de Marzo.
- El establecimiento cumple con la normativa de accesibilidad.
- El establecimiento cumple con los requisitos sanitarios mínimos.
- NOTA: El certificado debe ir acompañado por una memoria que justifique las consideraciones sometidas para establecer el cumplimiento de los apartados anteriores.
- En caso de transmisión/cambio de titularidad no será necesario cumplir con los requisitos técnicos mínimos anteriores, siempre que el local y actividad mantenga las condiciones con las que se otorgó la licencia que se transmite.